Real decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo
El 12 de marzo se publicó en el BOE este real decreto-ley que incluye determinadas medidas de fomento del empleo, en los términos que se detallan a continuación. Además, se anuncia que, con anterioridad al 30 de junio de 2019, el Gobierno constituirá un grupo de expertos/as para la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.
Registro de jornada
Se concede a las empresas un plazo de dos meses para garantizar el registro diario de jornada (entrará en vigor en mayo de 2019).
Cuantías mínimas de las pensiones de incapacidad permanente total (IPT). Durante el año 2019 las cuantías mínimas de las pensiones de IPT derivada de enfermedad común para menores de 60 años del sistema de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, quedan fijadas en los importes siguientes:
Bonificación por la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración
Permiso retribuido por nacimiento
Con efectos de 08/03/2019, se elimina el permiso de 2 días por nacimiento de hijo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
HASTA 31/03/2019: Los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho, por una parte a un permiso pagado por la empresa de 2 días como mínimo (ampliable por convenio colectivo,
apdo. 3, art. 37 ET) y por otra a suspender el contrato de trabajo durante cinco semanas ininterrumpidas -salvo la última que podrá disfrutarse de forma independiente- (ampliables en dos días más por cada hijo, a partir del segundo, nacido en el mismo parto) durante los cuales cobrará la prestación de paternidad, pagada por la Seguridad Social, consistente en el 100% de la base reguladora. Ambos derechos son compatibles y acumulables entre sí.
DESDE 01/04/2019: Se incia un periodo transitorio para la ampliación del permiso de paternidad hasta las 16 semanas en 2021 equiparándolo al de maternidad: Con efectos de 1 de abril de 2019 se produce la ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas intransferibles para los nacimientos que se produzcan a partir de esa fecha, 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021. Se elimina el permiso de dos días por nacimiento de hijo del art. 37.3 b) ET, en caso de que este permiso se encuentre recogido por convenio colectivo hemos de entenderlo aplicable.