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Circular enero 2019

Novedades fiscales 2019

Presentación telemática solicitudes de rectificación de autoliquidación

Resolución de 21 de diciembre de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación por vía telemática de las solicitudes de rectificación de autoliquidación y se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación para su presentación por vía telemática en nombre de terceros.

(Publicado en el BOE del 07/01/2019, siendo de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación).

La resolución tiene por objeto regular los supuestos y condiciones en que podrá extenderse la colaboración social en la aplicación de los tributos regulada en los artículos 79 a 81 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, a la presentación telemática de solicitudes de rectificación de autoliquidación  regulada por Resolución del Director General de 11 de diciembre de 2001.

Asimismo, se aprueba el documento normalizado válido para acreditar la representación en la presentación de la solicitud de rectificación de autoliquidación y de la documentación que, en su caso, lo acompañe.

Principales novedades legales y fiscales para pymes y autónomos en 2019

A falta de que se aprueben los presupuestos de 2019, el nuevo año se pone en marcha con una serie de novedades fiscales y legales que pymes y autónomos no pueden pasar por alto. Entre las que más les afectan se encuentran la  subida de la base mínima de la cotización y la del SMI hasta los 900 euros.

Otras novedades incluyen el encarecimiento de la tarifa plana para nuevos autónomos, un incremento de las sanciones a las empresas que contraten a “falsos autónomos” o la más que probable desaparición del Reino Unido del registro de operadores intracomunitarios.

De momento y mientras que los distintos grupos deciden si se aprueban o no los nuevos presupuestos (de momento se han prorrogado los de 2018) quedan fuera del tintero medidas anunciadas como la ampliación del permiso de paternidad a ocho semanas, o la nueva ley antifraude.

Los autónomos cotizan más pero reciben más a cambio

La base mínima de los autónomos sube un 1,25% con el cambio de año, hasta los 944,40 euros mensuales. Además, el tipo de cotización pasará a ser del 30%, con lo que los trabajadores por cuenta propia deberán pagar 5,36 euros más al mes (64 euros más al año) de lo que pagan actualmente, aunque a cambio recibirán una mayor protección.

En total, en 2019 los autónomos personas físicas pagarán al mes 283,3 euros mensuales de cuota si cotizan por la base mínima. En el caso de los autónomos societarios, la base mínima subirá hasta los 1.214,08 euros mensuales. Pagarán 364,22 euros al mes, lo que supone 6,89 euros mensuales más (casi 83 euros más al año) que en 2018.

Para acomodar la subida de tipos y bases, se ha pactado incrementar el tipo de cotización de manera escalonada. En 2019 será del 30%, en 2020 se elevará el 30,3% y en 2021 escalará al 30,6%. En 2022 el tipo será el fijado de forma definitiva. La subida lleva aparejada sin embargo mejoras en el acceso a la prestación por cese de actividad, accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Se encarece la tarifa plana

El Gobierno ha detectado que muchos profesionales se dan de baja del RETA una vez finaliza el periodo en el que es aplicable. Además sus informes aseguran que en muchas ocasiones se utiliza esta figura para dar de alta a trabajadores como falsos autónomos.

Como consecuencia de lo anterior el ejecutivo ha decidido subir la cuota hasta los 60 euros al mes, manteniéndose tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana. Los beneficiarios de la misma tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones. Por último, se mantiene para este período la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para las actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.

Sube el SMI y afectará sobre todo a los sectores menos productivos

La subida a 900 euros del SMI es una gran noticia para muchos trabajadores. El salario mínimo aumenta un 22,3%, hasta los 900 euros mensuales, la mayor subida desde 1977. Más de 2,5 millones trabajadores se beneficiarán del incremento, que empujará al alza la base mínima de cotización. con la que está eferenciado. La cuota de los sueldos más bajos quedará fijada en 1.050,1 euros para contingencias comunes en el régimen general. Para acomodar la subida de tipos y bases, se ha pactado incrementar el tipo de cotización de manera escalonada. En 2019 será del 30%, en 2020 se elevará el 30,3% y en 2021 escalará al 30,6%. En 2022 el tipo será el fijado de forma definitiva. La subida lleva aparejada sin embargo mejoras en el acceso a la prestación por cese de actividad, accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Más de 2,5 millones trabajadores se beneficiarán del incremento, que empujará al alza la base mínima de cotización. con la que está eferenciado. La cuota de los sueldos más bajos quedará fijada en 1.050,1 euros para contingencias comunes en el régimen general. Para acomodar la subida de tipos y bases, se ha pactado incrementar el tipo de cotización de manera escalonada. En 2019 será del 30%, en 2020 se elevará el 30,3% y en 2021 escalará al 30,6%. En 2022 el tipo será el fijado de forma definitiva. La subida lleva aparejada sin embargo mejoras en el acceso a la prestación por cese de actividad, accidente de trabajo o enfermedad profesional.

La subida del salario mínimo (SMI) tendrá un impacto significativo sobre la recaudación de la Seguridad Social, (más de 1.500 millones) y sobre los costes laborales que asumen las empresas, en especial las pymes y los sectores con menor productividad, como el turismo o la construcción, obligados a ajustar los sueldos de sus trabajadores.

10.000 de multa para las empresas que contraten a “falsos autónomos”

Hacienda ha puesto en el punto de mira a las empresas que trabajan con “falsos autónomos”, figura que ha experimentado un repunte en los últimos años al calor de la conocida como economía colaborativa.

En este sentido, las multas para las empresas que contraten a falsos autónomos podrán llegar hasta los 10.000 euros. Para ello, se ha modificado la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social para que las más graves sean multadas con entre 3.126 y 6.250 euros; en su grado medio con entre 6.251 y 8.000 euros y, en su grado máximo, con entre 8.001 y 10.000 euros.

Nuevo modelo 179 para el alquiler de pisos turísticos

A partir de este año, las plataformas digitales de intermediación, las inmobiliarias y otros agentes del mercado inmobiliario están ya obligados a compartir con la Agencia Tributaria toda su información.

Es decir, que desde este 1 de enero, Airbnb y los demás deben compartir con Hacienda detalles de los anfitriones y detalles de sus anuncios, como el nombre y la dirección, y sus transacciones desde 2018. Entra en funcionamiento el llamado modelo 179, una declaración informativa obligatoria. El Ministerio de Hacienda espera obtener de este modo información detallada sobre la identidad de los contribuyentes. Es decir, quiere comprobar si cumplen con sus obligaciones fiscales.

Adiós a las Operaciones Intracomunitarias con el Reino Unido

Si nada lo remedia, el próximo 29 de marzo se pondrá en marcha el “Brexit”, haciéndose oficial la ruptura entre el Reino Unido y la Unión Europea.

Con o sin acuerdo, esto implica que las operaciones que se hagan con las empresas de aquél países dejarán de ser consideradas intracomunitarias y pasarán al mucho menos favorable régimen de exportación o de importación, según el caso.

Tal y como ha explicado en las últimas horas la AEAT, las exportaciones estarán exentas de IVA y se probará mediante declaración aduanera mientras que las importaciones estarán sujetas al IVA de importación que se liquida en la declaración aduanera y en los plazos establecidos.

Para resolverle cualquier duda al respecto, les agradeceremos contacten con nuestro despacho.

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